Qué hacer si no contestan a un recurso de reposición

18 de marzo de 2025

El recurso de reposición es un mecanismo administrativo que permite a los interesados impugnar un acto administrativo ante el mismo órgano que lo dictó. Se encuentra regulado en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). Su finalidad es que la Administración revise su propia actuación sin necesidad de recurrir de inmediato a la vía judicial.

Uno de los problemas más comunes que enfrentan los ciudadanos y empresas al presentar este recurso es la falta de respuesta por parte de la Administración. Explicamos qué sucede cuando no se contesta a un recurso de reposición y cuáles son las vías de actuación disponibles.

Plazo Legal para Resolver un Recurso de Reposición

El plazo que tiene la Administración para resolver un recurso de reposición es de un mes, contado desde el día siguiente al de su interposición (artículo 124 de la LPACAP).

Si la Administración no resuelve y notifica en este plazo, se entenderá que el recurso ha sido desestimado por silencio administrativo.

Consideraciones Claves sobre el Silencio Administrativo

Efectos del Silencio Administrativo: La desestimación por silencio administrativo permite interponer los siguientes recursos:

  • Reclamación económico-administrativa, si el acto impugnado tiene naturaleza tributaria o económica.
  • Recurso contencioso-administrativo, si el acto no tiene carácter económico-tributario.

Momento en el que opera el Silencio Administrativo: A partir del día siguiente al vencimiento del plazo de un mes sin que se haya notificado resolución expresa.

Fundamento Legal: Artículo 24 de la LPACAP, que establece el régimen del silencio administrativo en los procedimientos administrativos.

Acciones a Tomar en Caso de Falta de Respuesta

Si transcurrido un mes la Administración no ha contestado, el interesado puede optar por las siguientes vías:

  • Confirmar que ha Operado el Silencio Administrativo

Antes de actuar, es recomendable verificar que efectivamente ha transcurrido el plazo de un mes sin respuesta. Se debe revisar el registro de entrada del recurso y comprobar si ha habido alguna notificación por vía electrónica o postal.

Consultar la sede electrónica de la Administración para verificar posibles comunicaciones no recibidas.

Contactar con el órgano administrativo para confirmar el estado del recurso.

  • Presentar un Escrito de Recordatorio

El interesado puede presentar un escrito de recordatorio a la Administración solicitando una resolución expresa del recurso. Aunque no es obligatorio, puede ser útil para dejar constancia del requerimiento de respuesta.

Indicar la fecha exacta de presentación del recurso original.

Hacer referencia a la obligación de la Administración de resolver expresamente.

  • Interponer una Reclamación Económico-Administrativa

Si el acto impugnado tiene naturaleza económico-administrativa (tributos, sanciones económicas, etc.), el siguiente paso es interponer una reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo correspondiente.

Plazo: Un mes desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el recurso de reposición.

Fundamento legal: Artículo 241 de la Ley General Tributaria.

Requisitos: Presentar el escrito de reclamación junto con la documentación justificativa del caso.

  • Acudir a la Vía Contencioso-Administrativa

Si la reclamación económico-administrativa no es procedente o se prefiere impugnar directamente el acto ante los tribunales, el interesado puede acudir a la vía judicial.

Plazo: Dos meses desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el recurso de reposición.

Tribunal competente: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente.

Documentación necesaria: Copia del recurso de reposición, prueba de presentación y documentos de respaldo.

Recomendación: En esta etapa, se recomienda contar con asesoramiento jurídico especializado para maximizar las probabilidades de éxito.

  • Valorar la Posibilidad de un Recurso Extraordinario de Revisión

En ciertos casos, si aparecen hechos nuevos o se identifican errores de derecho, se podría considerar la interposición de un recurso extraordinario de revisión.

Plazo: Cuatro años si se trata de error de hecho; tres meses si se trata de descubrimiento de nuevos documentos.

Fundamento legal: Artículo 125 de la LPACAP.

  • Utilizar Herramientas de Mediación o Negociación

Algunas administraciones cuentan con mecanismos de mediación o negociación para evitar litigios largos y costosos. Consultar si existen opciones alternativas antes de acudir a la vía judicial puede ser recomendable.

Plataforma para Interponer un Recurso de Reposición

Para la correcta tramitación de un recurso de reposición y su seguimiento, es fundamental conocer las diferentes plataformas disponibles para su gestión. En función del ámbito administrativo y del tipo de acto recurrido, se pueden utilizar las siguientes herramientas:

  • Sede Electrónica de la Administración Pública

A través de la sede electrónica de la administración competente, se puede presentar el recurso de reposición.

Es recomendable contar con firma digital o certificado electrónico para garantizar la validez de la presentación.

Algunas sedes permiten consultar el estado del trámite y recibir notificaciones electrónicas.

  • Plataformas de Gestión Administrativa de las Comunidades Autónomas

Algunas comunidades autónomas cuentan con plataformas específicas para la tramitación de recursos administrativos.

Estas plataformas facilitan la presentación del recurso y agilizan los plazos de gestión.

  • Portales de Tramitación de Reclamaciones Económico-Administrativas:

En el caso de reclamaciones de carácter tributario o económico-administrativo, se debe acudir a la plataforma habilitada por el Tribunal Económico-Administrativo correspondiente.

Estas plataformas permiten presentar escritos y consultar el estado del procedimiento en tiempo real.

  • Registro Electrónico Común (REC):

Cuando no exista una plataforma específica, el recurso de reposición puede presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado.

Se debe indicar correctamente el órgano administrativo destinatario para evitar retrasos en la tramitación.

  • Asesoramiento Especializado y Plataforma de Servicios Jurídicos:

Existen plataformas de asesoramiento jurídico online donde se pueden obtener guías detalladas sobre el procedimiento.

Estrategias para Mejorar la Probabilidad de Éxito

  • Asegurar una Presentación Correcta del Recurso de Reposición

Argumentar de forma clara y precisa, sustentando cada punto con normativas y jurisprudencia relevante.

Adjuntar todas las pruebas documentales necesarias, incluyendo informes periciales si fuera necesario.

Presentarlo dentro del plazo legal para evitar inadmisiones.

  • Solicitar un Certificado de Silencio Administrativo

Algunas administraciones expiden un certificado acreditativo de que ha operado el silencio administrativo.

Puede servir como prueba en la vía judicial y fortalecer la argumentación del interesado.

  • Uso de la Vía Electrónica para Mayor Seguridad

La presentación del recurso y la comunicación con la Administración a través de medios electrónicos facilita la obtención de justificantes.

Permite llevar un seguimiento detallado del estado del recurso y recibir notificaciones oficiales de forma inmediata.

  • Consultar con Especialistas

Dada la complejidad del procedimiento, contar con asesores legales especializados puede marcar la diferencia en el éxito del recurso.

Un abogado experto en derecho administrativo podrá evaluar la viabilidad del recurso y proponer estrategias adecuadas.

  • Preparar una Estrategia de Contingencia

Evaluar qué otras vías de impugnación están disponibles en caso de que el recurso de reposición sea desestimado.

Analizar posibles acciones legales adicionales, como la responsabilidad patrimonial de la Administración en casos de daño.

  • Seguimiento Activo del Recurso

Contactar periódicamente con la Administración para verificar el estado del expediente.

Documentar cada comunicación con la Administración para futuras reclamaciones.

Conclusión

Cuando la Administración no contesta a un recurso de reposición en el plazo de un mes, este se considera desestimado por silencio administrativo. En estos casos, el interesado tiene la posibilidad de interponer una reclamación económico-administrativa o recurrir a la vía contencioso-administrativa.

Es crucial actuar dentro de los plazos establecidos y considerar todas las opciones disponibles para proteger los derechos e intereses del administrado.

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