En LIFE SECTOR PÚBLICO, somos expertos en la reclamación de daños y la responsabilidad patrimonial de la administración pública. Nuestro equipo de abogados especializados en derecho administrativo está preparado para asesorar y representar a nuestros clientes en la obtención de indemnizaciones por daños causados por la actuación u omisión de la administración.
La responsabilidad patrimonial es la obligación de la administración pública de reparar los daños y perjuicios causados a una persona, ya sea física o jurídica, debido al funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Estos daños se consideran una consecuencia del funcionamiento normal cuando, aunque no haya habido negligencia, el servicio público ha causado un perjuicio directo a los ciudadanos. Para que proceda esta reclamación, es fundamental demostrar que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de la administración, ya sea por acción o por omisión, estableciendo un nexo causal claro entre el daño y el funcionamiento de los servicios públicos. Esta reparación puede involucrar tanto bienes y derechos de los afectados, buscando restaurar el equilibrio patrimonial alterado por la actuación administrativa.
La reclamación por responsabilidad patrimonial puede verse afectada si los daños son resultado de fuerza mayor, ya que en estos casos no se considera responsabilidad de la administración. Sin embargo, para que una reclamación sea viable, debe existir un deber jurídico por parte de la administración de evitar el daño, es decir, la obligación legal de actuar o no actuar de manera que no se produzca el perjuicio reclamado. Este proceso se rige por las normas establecidas en el procedimiento administrativo común, así como por el régimen jurídico del sector público, garantizando que se sigan las etapas adecuadas desde la presentación de la reclamación hasta su resolución final. No obstante, salvo en los casos excepcionales, como los casos de fuerza mayor, la administración está obligada a reparar los daños causados.
Analizamos la viabilidad de la reclamación, asegurándonos de que el daño sea efectivo, antijurídico y atribuible a la administración pública. Establecemos el nexo causal entre el daño y la acción u omisión de la administración.
informes médicos, facturas, testimonios y cualquier otro documento relevante.
Redactamos y presentamos la reclamación administrativa ante la entidad responsable, detallando los hechos, el daño sufrido y la indemnización solicitada. Es fundamental acompañar esta reclamación con todas las pruebas recopiladas.
La administración tiene un plazo de seis meses para resolver la reclamación. Si no hay respuesta en este plazo, se entiende desestimada por silencio administrativo, permitiendo recurrir a la vía judicial.
Si la reclamación administrativa es desestimada o no se resuelve en el plazo establecido, iniciamos un procedimiento contencioso-administrativo. En esta fase, se puede solicitar una medida cautelar para asegurar la indemnización antes de la resolución final.
El derecho a reclamar prescribe en el plazo de un año desde que se produjo el hecho lesivo o desde que se determinó el alcance de las secuelas en casos de daños personales. Es crucial presentar la reclamación dentro de este plazo para que sea admitida.
Si has sufrido daños debido a la actuación de la administración pública, en LIFE SECTOR PÚBLICO estamos aquí para ayudarte. Contáctanos para recibir asesoramiento experto y comenzar tu reclamación de daños. Si necesitas más información o quieres saber cómo podemos ayudarte, no dudes en contactarnos a info@lifesectorpublico.com o llamando al +34 679 092 414.
Nuestra firma está compuesta por un equipo sólido y experimentado de letrados con una formación jurídica única, dedicados a ofrecer atención personalizada a cada cliente.
Con más 25 años de experiencia en Derecho Administrativo y Contencioso Administrativo, LIFE SECTOR PÚBLICO ofrece un asesoramiento integral especializado tanto a empresas como a entidades públicas. Nuestro aval, una firma legal sólida, LIFE ABOGADOS, y un equipo con una larga trayectoria en Derecho Administrativo y Contencioso..
Nosotros también tenemos problemas, por eso hacemos que el proceso sea lo más sencillo y llevadero posible para ti
La responsabilidad patrimonial es la obligación de la administración pública de reparar los daños y perjuicios causados a una persona debido al funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
Cualquier persona física o jurídica que haya sufrido un daño como consecuencia de la acción u omisión de la administración pública puede presentar una reclamación.
Los requisitos incluyen: que siempre que la lesión sea efectiva, antijurídica y atribuible a la administración, existiendo un nexo causal entre el daño y la acción u omisión administrativa. Además, cualquier persona o grupo de personas afectado puede presentar la reclamación si cumple con estas condiciones.
Se pueden reclamar daños por negligencias médicas, infraestructuras defectuosas, actuaciones policiales indebidas, retrasos judiciales, daños medioambientales, y más. Toda lesión derivada de la acción u omisión de la administración que cumpla con los requisitos legales puede ser objeto de reclamación.
El plazo es de un año desde que se produjo el daño o desde que se determinó el alcance de las secuelas en casos de daños personales. Durante este periodo, la persona afectada tiene derecho a indemnización si cumple con los requisitos establecidos para la reclamación.
Es necesario presentar pruebas como informes médicos, facturas, testimonios y cualquier otro documento que respalde la reclamación. Estos documentos deben permitir individualizar claramente el daño sufrido y demostrar su relación con la acción u omisión de la administración.
Si la administración no responde en seis meses, se considera desestimada por silencio administrativo, lo que permite recurrir a la vía judicial.
La indemnización se calcula considerando el valor de mercado y las normas de valoración legales, evaluando económicamente la lesión. Esto aplica tanto para personas que sufran en sus bienes patrimoniales como para aquellos afectados en su integridad física o derechos.
Una medida cautelar es una solicitud al juez para asegurar la indemnización antes de la resolución final, protegiendo así los derechos del reclamante. Esta medida es aplicable cuando la lesión que los particulares sufran es evidente y existe riesgo de que no se pueda obtener una reparación efectiva al final del proceso.
Incluyen sanidad, subvenciones y ayudas públicas, expropiación forzosa, medioambiente, urbanismo y contratación pública. En todos estos casos, el acto que motive la indemnización debe estar claramente vinculado a una actuación u omisión administrativa que haya causado un daño antijurídico.
Aunque no es obligatorio, es altamente recomendable contar con un abogado especializado para asegurar una defensa adecuada. Un abogado experto puede identificar claramente el efecto lesivo causado por la administración y fortalecer la reclamación para maximizar las posibilidades de éxito.
La reclamación se presenta por escrito ante la entidad responsable, incluyendo una descripción detallada de los hechos, el daño sufrido, la indemnización solicitada y las pruebas pertinentes.
Si la reclamación es desestimada, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales para impugnar la decisión.
El tiempo puede variar, pero generalmente puede tardar varios meses desde la presentación de la demanda hasta la resolución final.
El nexo causal es la relación directa y exclusiva entre la acción u omisión de la administración y el daño sufrido por el reclamante, necesaria para justificar la reclamación.