Sistema Dinámico de Adquisición (SDA): aplicación en la contratación pública
Sistema Dinámico de Adquisición (SDA): qué es, normativa y funcionamiento en la contratación pública
El Sistema Dinámico de Adquisición (SDA) es un procedimiento de contratación pública diseñado para facilitar la compra ágil y eficiente de bienes y servicios de uso corriente por parte de las Administraciones Públicas. Regulada en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), esta herramienta permite a los órganos de contratación realizar adjudicaciones rápidas mediante un sistema abierto y completamente electrónico.
Este artículo analiza en profundidad qué es un SDA, cómo se regula, su funcionamiento práctico, sus ventajas y limitaciones, así como las diferencias clave respecto a otros instrumentos como los acuerdos marco.
Definición del Sistema Dinámico de Adquisición (SDA)
El Sistema Dinámico de Adquisición es un procedimiento completamente electrónico que permite a las administraciones públicas adquirir bienes y servicios de uso corriente en condiciones de mercado, mediante un sistema abierto a la incorporación continua de licitadores que cumplan los requisitos establecidos.
Según el artículo 226 de la LCSP, el SDA es definido como:
«Un proceso de contratación completamente electrónico para compras de uso corriente, abierto durante todo su período de validez a cualquier empresa que cumpla los criterios de selección.»
Esto significa que, a diferencia de otros procedimientos, el SDA permite que nuevos operadores económicos se incorporen en cualquier momento mientras esté vigente el sistema, garantizando así una competencia continua.
Marco legal del SDA en España
La regulación del SDA se encuentra en los artículos 226 a 228 de la LCSP, que recogen los aspectos esenciales de este procedimiento especial:
- Artículo 226: Concepto y naturaleza del SDA.
- Artículo 227: Procedimiento para establecer el SDA.
- Artículo 228: Procedimiento de adjudicación de contratos específicos dentro del SDA.
Además, el uso del SDA debe respetar los principios generales de la contratación pública: transparencia, igualdad, libre concurrencia y eficiencia en el uso de los fondos públicos.
El SDA es especialmente relevante en contratos sujetos a regulación armonizada (SARA), dado que proviene de la transposición de la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública.
Procedimiento para establecer un Sistema Dinámico de Adquisición
El establecimiento de un SDA sigue las siguientes fases:
- Publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
- Presentación de solicitudes de participación por parte de los operadores económicos interesados.
- Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios de selección establecidos.
- Constitución del sistema, que permanecerá abierto durante todo su periodo de vigencia.
- Para cada necesidad concreta, se emiten invitaciones a los licitadores admitidos para que presenten ofertas en el marco del SDA.
- Adjudicación de los contratos específicos mediante procedimiento simplificado.
Todo el proceso debe gestionarse de forma completamente electrónica, garantizando agilidad y transparencia.
Diferencias entre el SDA y los acuerdos marco
Aunque tanto el SDA como los acuerdos marco son instrumentos que permiten racionalizar las compras públicas, presentan diferencias significativas:
Aspecto | Sistema Dinámico de Adquisición (SDA) | Acuerdo Marco |
Naturaleza | Procedimiento abierto y dinámico | Contrato cerrado |
Duración | Abierto durante toda su vigencia | Duración limitada y cerrada |
Nuevos licitadores | Pueden incorporarse en cualquier momento | No admite nuevos licitadores |
Objeto | Bienes y servicios de uso corriente | Todo tipo de contratos |
Procedimiento | Totalmente electrónico | Puede ser electrónico o no |
Adjudicación | Contratos específicos por cada necesidad | Adjudicación derivada |
El SDA ofrece mayor flexibilidad y fomenta la competencia continua, mientras que el acuerdo marco proporciona estabilidad durante un periodo pactado.
Ventajas del uso del Sistema Dinámico de Adquisición
Entre las principales ventajas del SDA destacan:
- Competencia permanente: Permite la entrada continua de nuevos licitadores.
- Agilidad en la contratación: La adjudicación de contratos específicos es rápida.
- Transparencia: Todo el proceso es electrónico y trazable.
- Eficiencia económica: Adaptado para compras recurrentes en condiciones de mercado.
- Facilidad para las PYMES: Favorece su participación al no estar limitado a un grupo cerrado de empresas.
Por estas razones, el SDA es ideal para la adquisición de suministros y servicios estandarizados y de frecuente necesidad.
Limitaciones y consideraciones en la aplicación del SDA
No obstante, el SDA también presenta ciertas limitaciones:
- Solo puede aplicarse a bienes y servicios de uso corriente.
- Exige una infraestructura electrónica adecuada por parte del órgano de contratación.
- Puede generar una carga administrativa si no se gestiona correctamente la entrada continua de licitadores.
- No es adecuado para contratos complejos o que requieran especificaciones técnicas avanzadas.
Por tanto, es fundamental que las administraciones valoren si el objeto del contrato es apto para este sistema antes de su implantación.
Ejemplos prácticos de uso del SDA en España
Algunas administraciones ya han implementado con éxito sistemas dinámicos de adquisición, como:
- Servicios de mantenimiento informático.
- Suministro de material de oficina.
- Contratación de servicios de limpieza en edificios públicos.
- Suministro de equipos de protección individual (EPI).
Estos ejemplos demuestran cómo el SDA es especialmente útil en sectores donde las necesidades son recurrentes y el mercado ofrece productos o servicios estandarizados.
Consideraciones finales sobre los Sistemas Dinámicos de Adquisición
El Sistema Dinámico de Adquisición (SDA) es una herramienta eficaz para modernizar y agilizar la contratación pública, especialmente en la adquisición de bienes y servicios de uso corriente. Su regulación en la LCSP ofrece un marco claro que permite a las administraciones aprovechar las ventajas de un sistema abierto, electrónico y competitivo.
No obstante, su correcta aplicación requiere conocer en detalle su funcionamiento, sus diferencias respecto a otros instrumentos como los acuerdos marco, y contar con medios electrónicos adecuados.
Tanto las administraciones públicas como las empresas interesadas en participar en procedimientos basados en SDA deben familiarizarse con este sistema para maximizar sus beneficios y garantizar el cumplimiento normativo.
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