Ley de Transparencia de la Comunidad de Madrid

26 de septiembre de 2025

Ley de Transparencia de la Comunidad de Madrid: Análisis Completo de la Ley 10/2019

La transparencia en la gestión pública es un pilar fundamental para fortalecer la democracia y fomentar la confianza ciudadana en las instituciones. En este contexto, la Comunidad de Madrid promulgó la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación, con el objetivo de garantizar el acceso a la información pública y promover la participación ciudadana en los asuntos públicos.

Este artículo ofrece un análisis detallado de la Ley 10/2019, abordando sus principales disposiciones, sujetos obligados, mecanismos de publicidad activa y derecho de acceso, instrumentos de participación ciudadana, régimen sancionador y órganos responsables de su aplicación.

Objeto y Finalidad de la Ley 10/2019

La Ley 10/2019 tiene como finalidad regular, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la transparencia en su doble vertiente: la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública, así como establecer mecanismos de participación y colaboración ciudadana en los asuntos públicos.

Esta normativa se alinea con la legislación básica estatal, concretamente con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollando y ampliando sus disposiciones en el ámbito autonómico.

Ámbito de Aplicación y Sujetos Obligados

La Ley 10/2019 establece un amplio ámbito de aplicación, incluyendo tanto a entidades públicas como privadas que reciben financiación pública o ejercen funciones públicas.

Entidades a las que se aplica la ley al completo (Artículo 2)

Se consideran sujetos obligados en su totalidad:

  • La Administración Pública de la Comunidad de Madrid.
  • Las entidades locales de la Comunidad de Madrid.
  • Las universidades públicas de la Comunidad de Madrid.
  • Las entidades públicas y privadas vinculadas o dependientes de las anteriores.

Sujetos a los que se les aplica parcialmente (Artículo 3)

Incluye a:

  • Corporaciones de derecho público madrileñas.
  • Federaciones y clubes deportivos.
  • La Asamblea de Madrid y la Cámara de Cuentas, en los términos de las disposiciones adicionales sexta y séptima.

Obligados a suministrar información (Artículo 4)

Se refiere a personas físicas o jurídicas que, sin estar obligadas en su totalidad por la ley, deben proporcionar información cuando:

  • Reciban ayudas o subvenciones públicas.
  • Ejerzan funciones públicas o presten servicios públicos.

Publicidad Activa: Obligaciones y Contenidos

La publicidad activa implica la obligación de los sujetos obligados de difundir de forma proactiva información relevante sin necesidad de solicitud previa.

Información institucional, organizativa y de planificación

Incluye:

  • Funciones y competencias.
  • Normativa aplicable.
  • Estructura organizativa.
  • Planes y programas anuales o plurianuales.

Información de relevancia jurídica

Comprende:

  • Normas y disposiciones de carácter general.
  • Proyectos normativos.
  • Informes y dictámenes jurídicos.

Información económica, presupuestaria y estadística

Incluye:

  • Presupuestos y su ejecución.
  • Contratos, convenios y subvenciones.
  • Retribuciones de altos cargos.

La información debe publicarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, garantizando su accesibilidad y actualización periódica.

Derecho de Acceso a la Información Pública

La Ley reconoce el derecho de todas las personas a acceder a la información pública en poder de los sujetos obligados.

Procedimiento de solicitud

Las solicitudes pueden presentarse por medios electrónicos o presenciales, y deben contener:

  • Identificación del solicitante.
  • Información solicitada.
  • Forma en que se desea recibir la información.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 20 días hábiles, prorrogables por otros 20 días en casos de volumen o complejidad.

Límites al derecho de acceso

El acceso puede ser denegado o limitado cuando afecte a:

  • La seguridad nacional o pública.
  • La defensa.
  • Las relaciones exteriores.
  • La prevención, investigación y sanción de ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
  • La igualdad de las partes en los procesos judiciales.
  • Los derechos de los menores de edad.
  • La protección de datos personales.

Participación y Colaboración Ciudadana

La Ley establece mecanismos para fomentar la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas.

Instrumentos de participación

Incluyen:

  • Consultas públicas.
  • Foros de consulta.
  • Paneles ciudadanos.
  • Grupos colaborativos de trabajo sectoriales.

Ficheros de participación y colaboración ciudadana

Se crean para que la ciudadanía interesada pueda inscribirse y recibir información sobre materias específicas, así como participar activamente en los instrumentos de participación establecidos.

Registro de Transparencia y Código Ético

La Ley establece la creación del Registro de Transparencia, en el que deben inscribirse las personas y entidades que realicen actividades de influencia en la toma de decisiones públicas.

Obligación de inscripción

Deben inscribirse:

  • Personas físicas o jurídicas que realicen actividades de representación de intereses.
  • Entidades que participen en procesos de elaboración de normas o políticas públicas.

Código ético

Los inscritos en el Registro deben aceptar y cumplir un código ético que establece principios de conducta, como:

  • Actuar con integridad y honestidad.
  • Respetar la legalidad y los principios democráticos.
  • Evitar conflictos de interés.

Régimen Sancionador

La Ley contempla un régimen de infracciones y sanciones para garantizar su cumplimiento.

Tipificación de infracciones

Se clasifican en:

  • Leves.
  • Graves.
  • Muy graves.

Las infracciones pueden ser cometidas tanto por sujetos obligados como por personas o entidades inscritas en el Registro de Transparencia.

Sanciones

Las sanciones incluyen:

  • Amonestaciones.
  • Multas económicas.
  • Suspensión temporal de la inscripción en el Registro de Transparencia.
  • Publicación de la sanción en el Portal de Transparencia.

Órganos Responsables y Mecanismos de Control

La aplicación y supervisión de la Ley corresponde a diversos órganos y mecanismos.

Consejo de Transparencia y Participación

Es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la Ley, resolver reclamaciones en materia de acceso a la información y promover la cultura de la transparencia y la participación ciudadana.

Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid

El Portal de Transparencia es la herramienta principal a través de la cual los ciudadanos acceden a la información publicada en cumplimiento de la Ley 10/2019. En este espacio deben estar disponibles:

  • Informes y estadísticas de cumplimiento.
  • Información estructurada por categorías: institucional, jurídica, económica, contractual, etc.
  • Formularios para ejercer el derecho de acceso.
  • Canal de participación ciudadana.

Es fundamental que este portal esté actualizado, sea accesible para personas con discapacidad, y permita la reutilización de datos públicos conforme a los principios de gobierno abierto.

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