Facturas a la Administración Pública: Guía para Proveedores en España

19 de julio de 2025

Facturas a la Administración Pública: Guía Completa para Proveedores en España

Emitir facturas a la Administración Pública en España no es un proceso trivial. Para poder cobrar por bienes o servicios prestados a organismos públicos, es imprescindible cumplir con una normativa específica, utilizar formatos normalizados y operar dentro de plataformas electrónicas homologadas. Desde 2015, la factura electrónica se ha convertido en un requisito obligatorio en la mayoría de los casos, y su correcta emisión es una condición sine qua non para tramitar el pago.

En esta guía exhaustiva, abordamos todos los aspectos clave relacionados con la emisión de facturas a la Administración Pública. Desde la normativa aplicable hasta el proceso técnico y las mejores prácticas para evitar errores que puedan generar retrasos en los pagos.

Marco Normativo de la Facturación a la Administración Pública

El sistema español de facturación pública está regulado principalmente por dos normas:

  • Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público (BOE). Esta ley establece la obligatoriedad de la factura electrónica para determinados proveedores y define el funcionamiento del registro contable.
  • Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (BOE). En él se regulan los requisitos formales de toda factura emitida, ya sea a una empresa privada o a una entidad pública.

Estas normativas han convertido a la factura electrónica en el canal habitual de tramitación para las relaciones comerciales con el sector público, lo que refuerza la transparencia y permite un mejor control del gasto.

Obligación de Facturar Electrónicamente

Desde el 15 de enero de 2015, la Ley 25/2013 obliga a emitir facturas electrónicas a través del formato Facturae a determinados proveedores del sector público. Este deber afecta especialmente a:

  • Sociedades anónimas y de responsabilidad limitada.
  • Personas jurídicas sin personalidad jurídica (fundaciones, asociaciones, etc.).
  • Uniones Temporales de Empresas (UTE).
  • Entidades extranjeras que operen en España.

Existen excepciones a esta regla. No están obligados a facturar electrónicamente:

  • Personas físicas que no actúan como sociedad.
  • Facturas de cuantía inferior a 5.000 euros.
  • Algunos supuestos de facturación simplificada.

No obstante, aunque la obligación no sea extensiva a todos, cada vez más entidades públicas exigen la factura electrónica a todos sus proveedores para agilizar los procedimientos internos y mejorar el seguimiento del gasto público.

Requisitos Técnicos de las Facturas Electrónicas

Para que una factura sea válida ante la Administración Pública, debe cumplir con una serie de requisitos técnicos:

Formato Facturae

El único formato aceptado por la mayoría de las plataformas públicas es el Facturae, un estándar en XML desarrollado por el Ministerio de Hacienda. Actualmente, las versiones 3.2 y 3.2.2 son las más utilizadas.

Firma electrónica

Toda factura enviada a una administración debe estar firmada electrónicamente. Para ello, el proveedor necesita contar con un certificado digital válido emitido por un proveedor autorizado, como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

Códigos DIR3

Uno de los elementos técnicos más críticos son los códigos DIR3 que identifican al órgano destinatario de la factura. Son tres:

  • Oficina Contable.
  • Órgano Gestor.
  • Unidad Tramitadora.

Estos códigos deben consultarse previamente en el Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (DIR3), disponible públicamente.

Plataformas para el Envío de Facturas a la Administración

La Administración General del Estado y buena parte de las comunidades autónomas y entidades locales utilizan plataformas electrónicas para recibir y gestionar facturas. Las principales son:

FACe

El Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) es la plataforma del Estado y puede usarse para enviar facturas a la mayoría de los ministerios, comunidades autónomas y entidades locales adheridas.

Web oficial: https://face.gob.es

Plataformas autonómicas

Algunas comunidades autónomas han desarrollado sus propios sistemas. Por ejemplo:

  • Cataluña: e.FACT
  • Comunidad Valenciana: GE-Factura
  • Andalucía: FACE@Junta

Antes de emitir una factura, es fundamental comprobar qué plataforma utiliza la entidad destinataria.

Procedimiento para Emitir y Enviar Facturas a la Administración Pública

A continuación, se detalla el proceso habitual para enviar una factura a través de FACe:

  1. Generar la factura en formato Facturae utilizando un software compatible.
  2. Firmar digitalmente el archivo XML con el certificado digital del proveedor.
  3. Acceder a la plataforma FACe e introducir los códigos DIR3 correspondientes.
  4. Adjuntar el archivo XML firmado y completar los datos requeridos.
  5. Enviar la factura y guardar el justificante de presentación con el número de registro.

Es recomendable usar el validador de FACe para verificar que la factura no contiene errores antes de enviarla.

Seguimiento y Gestión de Facturas Enviadas

Una vez enviada la factura, se puede realizar su seguimiento directamente en la plataforma FACe. Las principales fases de tramitación incluyen:

  • Recepción por parte del organismo.
  • Aceptación o rechazo (por errores formales, datos incorrectos, etc.).
  • Contabilización y conformidad del gasto.
  • Pago y cierre del expediente.

En caso de rechazo, la plataforma indicará los motivos, lo que permite al proveedor corregir y reenviar la factura.

Plazos de Pago y Derechos del Proveedor

Según la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, las administraciones tienen un plazo máximo de 30 días naturales para pagar desde la fecha de conformidad de la factura. Si se produce un retraso, el proveedor tiene derecho a:

  • Intereses de demora.
  • Indemnización por costes de cobro (si se acredita perjuicio).

Es imprescindible que el proveedor haga un seguimiento riguroso de sus facturas para poder reclamar si se superan estos plazos.

Consejos Prácticos para Facturar con Éxito a la Administración

Para reducir errores y evitar retrasos en el cobro, se recomienda:

  • Consultar previamente los códigos DIR3 del órgano de destino.
  • Utilizar siempre el último modelo de Facturae disponible.
  • Verificar que el certificado digital no ha caducado.
  • Revisar todos los datos antes de firmar y enviar la factura.
  • Guardar siempre justificantes de envío y acuses de recibo.

Además, es aconsejable disponer de un sistema de archivo digital ordenado para poder responder rápidamente a cualquier requerimiento de la administración.

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Emitir facturas a la Administración Pública implica conocer un conjunto preciso de normas y procedimientos técnicos. El uso obligatorio de la factura electrónica, los requisitos de firma digital y la correcta identificación del órgano receptor mediante códigos DIR3 son elementos que no pueden dejarse al azar.

Una correcta implementación de estos requisitos por parte de los proveedores permite agilizar los procesos, asegurar el cumplimiento normativo y, sobre todo, evitar retrasos en los pagos. En un entorno cada vez más digitalizado, dominar el sistema de facturación electrónica no solo es necesario, sino que se ha convertido en un elemento estratégico para operar con eficacia en el sector público español.

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