Se puede cambiar un miembro de una UTE durante una licitación, te contamos cómo

28 de octubre de 2024

Descubre las implicaciones de las modificaciones en la composición de una UTE cuando se está inmerso en la licitación de un contrato público. Evita problemas legales y operativos al conocer qué sucede cuando un miembro abandona la UTE o se declara insolvente, y cómo afectan los nuevos miembros a través de la cesión del contrato. Conoce los escenarios clave que pueden ocurrir antes de la adjudicación del contrato, para garantizar el éxito en contratación pública.

Cambios de titular en una UTE durante el proceso de licitación pública

Las Uniones Temporales de Empresas (UTE) son un mecanismo legal que permite a varias empresas colaborar en la ejecución de un proyecto, normalmente, ofertado por una Administración Pública.

Imagina que uno de tus socios decide retirarse o, peor aún, una de las empresas que licita contigo entra en insolvencia. Estos cambios pueden tener un gran impacto en la posterior adjudicación. Pero no te preocupes, con la información adecuada, puedes evitar problemas y seguir compitiendo con éxito en la contratación pública.

Normativa aplicable para el cambio de empresas en una UTE

• Ley de Contratos del Sector Público: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que es la norma principal que regula la contratación pública en España.
• Ley de UTE: Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre Régimen Fiscal de las Agrupaciones y Uniones Temporales de Empresas y de las Sociedades de Desarrollo Industrial Regional, que regula el régimen fiscal de las UTE en España, aplicable a las empresas que forman parte de estas uniones.
• Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública. Normativa europea que se ha transpuesto a la Ley 9/2017, y es de aplicación cuando se utilizan fondos de la Unión Europea o se exige su cumplimiento en las licitaciones públicas.

Supuestos de modificaciones de UTES que nos podemos encontrar durante la fase de licitación de un contrato

Es fundamental distinguir entre los cambios que pueden ocurrir antes de la adjudicación del contrato (cuando el proceso de licitación está en marcha) y aquellos que se producen después de que el contrato ya ha sido adjudicado.

Nos centraremos en los cambios que pueden ocurrir antes de la adjudicación.

Entrada o sustitución de empresas que integran la UTE.

  • Si se producen modificaciones en la composición de la UTE antes de la adjudicación, la UTE quedará excluida de la licitación. Por ejemplo, si un miembro entra o sale, se considera una alteración de la oferta y no está permitida. Es importante mantener la estabilidad de los miembros durante todo el proceso de licitación para evitar exclusiones.
  • Sin embargo, hay una excepción, si las empresas que forman parte de la UTE, se limitan a modificar su porcentaje de participación, esto no afecta a su capacidad para poder seguir licitando a ese contrato.

Fusión, escisión o transmisión de las empresas que integran la UTE.

  • Las operaciones de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad que afecten a una o más empresas de la UTE no impiden su participación en el proceso de adjudicación. ¿Por qué? Porque se mantiene la personalidad jurídica de las empresas o se da continuidad a aquellas que ya eran miembros de la UTE.
  • Es fundamental que exista un vínculo o relación entre las empresas resultantes de estas operaciones mercantiles para que puedan seguir formando parte de la UTE y participar en la licitación administrativa. Sin embargo, si la empresa absorbente (por ejemplo, después de una fusión), la resultante de la escisión o la adquirente de una rama de actividad no forman parte originalmente de la UTE, deben cumplir ciertos requisitos:
    o Plena Capacidad de Obrar: Deben tener la capacidad legal para actuar en contratos.
    o Ausencia de Prohibiciones de Contratar: No pueden estar sujetas a prohibiciones legales que impidan su participación en licitaciones.
    o Mantenimiento de Solvencia o Clasificación Exigida: Deben mantener los niveles de solvencia o clasificación requeridos en ese contrato.

Desistimiento de alguno de los miembros de la UTE.

  • Otro supuesto posible es que durante la tramitación de la licitación una de las empresas miembro de la UTE desista. Es decir, que una empresa se retire de la oferta pública y por tanto abandone la Unión temporal.
  • Aun produciéndose la salida de una empresa de la unión, el resto de las empresas pueden continuar en el procedimiento administrativo y ser adjudicatarias siempre y cuando se cumplan los requisitos de solvencia o clasificación y no se modifique la oferta inicial.

Disolución, insolvencia o concurso de acreedores de algún miembro de la UTE.

  • Cuando se da una situación en la que uno de los miembros que forma parte de una UTE entra en una situación de disolución legal, de insolvencia económica o en un concurso de acreedores, generalmente, al participar con otras empresas, se permite la continuación de la UTE en la licitación del contrato público, siempre y cuando los restantes partícipes continúen cumpliendo los requisitos de capacidad, solvencia o clasificación, pero sin contar con lo aportado por la empresa afectada por dicha situación.
  • Pero hay situaciones en las que no es posible puesto que se presupone que las dos (o más) empresas que se unen lo hacen precisamente porque carecen de capacidad para presentarse individualmente al contrato, por lo que la salida de uno de sus miembros, les incapacita para poder continuar licitando al contrato.

Ejemplo Práctico: Cambio de una Empresa en una UTE por Fusión

Imaginemos una UTE formada por tres empresas: Empresa A, Empresa B y Empresa C. Durante el transcurso del proyecto, la Empresa A es adquirida por una multinacional, lo que genera un cambio en su estructura y capacidad operativa. Este cambio debe ser gestionado adecuadamente por la UTE.

  • Revisión de los acuerdos: Lo primero que hacen las empresas B y C es revisar el contrato de constitución de la UTE para verificar los requisitos para modificar su composición.
  • Firma del acuerdo de modificación: Una vez que las empresas están de acuerdo en mantener la participación de la nueva entidad adquirente de la Empresa A, firman un acuerdo de modificación de la UTE.
  • Modificación del contrato y notificación: Se redacta una nueva escritura pública que refleja el cambio, y esta es inscrita en el Registro Mercantil. Además, como la UTE está participando en una licitación pública, notifican a la administración correspondiente.

Este ejemplo muestra cómo un cambio en la composición de una UTE puede gestionarse de manera efectiva siempre y cuando se sigan los pasos correctos.

Claves para asegurar el éxito del cambio de empresas en una UTE

Asesoramiento legal especializado: Es fundamental contar con el apoyo de un asesor legal especializado en UTEs y contratación pública para gestionar el cambio de forma adecuada y evitar problemas futuros.
Cumplimiento de las obligaciones fiscales: El cambio de empresas en una UTE puede generar nuevas obligaciones fiscales, por lo que es esencial revisarlas y cumplir con ellas para evitar sanciones.
Notificación a la administración: Si el cambio afecta a un contrato público, la administración contratante debe ser notificada y aprobar la modificación.

Somos especialistas en Asesoramiento a UTE

El proceso de modificaciones en la UTE antes de la adjudicación de un contrato público ofrece una variedad de opciones. Aunque no se permiten cambios voluntarios en la composición de la UTE durante el procedimiento de licitación, sí se acepta la salida de empresas por motivos concretos como retirada, disolución o insolvencia. En estos casos, la administración contratante comprobará si resto de miembros de la UTE tienen la capacidad y solvencia necesarias, excluyendo a la empresa que se retira, para poder ser adjudicatario de ese contrato al que se licita.

La clave está en seguir el proceso legal paso a paso, cumplir con los requisitos fiscales y contar con el respaldo de profesionales en la materia.

En LIFE SECTOR PÚBLICO, somos abogados y asesores especializados en asesoramiento legal a uniones temporales de empresas (UTE).

Ofrecemos un servicio integral de asesoramiento a UTE que puedes ver en nuestra página especializada de Asesoramiento a UTE

Nuestro equipo de expertos te acompañará en cada etapa del proceso, asegurando que cumplas con todas las normativas aplicables.

Si necesitas asistencia en la gestión de UTE, contáctanos AQUÍ para recibir un asesoramiento legal especializado y personalizado para tus proyectos.

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