Reintegro de Subvenciones: Causas, Procedimientos y Recomendaciones

3 de febrero de 2025

El reintegro de subvenciones es un procedimiento administrativo mediante el cual se exige a los beneficiarios de subvenciones la devolución de las cantidades percibidas cuando se incumplen las condiciones establecidas para su concesión. Este procedimiento está regulado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su normativa de desarrollo.

En esta nota técnica se exponen las causas más comunes de reintegro, el procedimiento administrativo aplicable, los criterios de graduación y otros aspectos clave que ayudarán a entender este importante proceso.

Causas de Reintegro

Existen diversas causas que pueden motivar el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones. Entre las más comunes destacan:

  1. Obtención de la subvención falseando condiciones: Cuando la subvención se haya obtenido falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.
  2. Incumplimiento total del objetivo: Cuando se realice un incumplimiento total del objetivo de la actividad o la no adopción del comportamiento que fundamentaron la concesión de la subvención.
  3. Resistencia a las actuaciones de comprobación: Cuando la persona beneficiaria adopte resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos.
  4. Incumplimiento de obligaciones específicas: Cuando se incumplan las obligaciones impuestas a la persona beneficiaria con motivo de la concesión de la subvención, distintos a los anteriores, que impidan verificar el empleo de los fondos percibidos.
  5. Incumplimiento de la obligación de comunicación: La falta de comunicación al Ayuntamiento de la solicitud y/o la resolución de subvención concedida por otras administraciones, entes públicos o privados, para la realización de un proyecto con la misma finalidad.

Estas situaciones son detectadas mediante controles administrativos, incluyendo auditorías, visitas de inspección o revisiones documentales realizadas por el órgano concedente.

Procedimiento de Reintegro

El procedimiento de reintegro se rige por las disposiciones contenidas en el Título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La competencia para acordar el reintegro corresponderá al órgano concedente de la subvención.

Iniciación:

La administración competente dicta un acuerdo de inicio que especifica las razones y el importe objeto de reintegro. Este acto se notifica al beneficiario, quien dispone de un plazo para formular alegaciones y aportar pruebas.

Instrucción:

Se realizan actuaciones de comprobación adicionales, incluyendo el análisis de la documentación presentada por el beneficiario. En esta fase, se emite una propuesta de resolución que recoge los resultados de la investigación.

Resolución:

El órgano concedente dicta una resolución motivada que puede imponer el reintegro total o parcial de la subvención. La resolución debe incluir los plazos para el pago voluntario y las posibles sanciones en caso de incumplimiento.

Recurso:

Contra la resolución de reintegro, el beneficiario puede interponer los recursos administrativos y judiciales previstos en la legislación aplicable.

Criterios de Graduación del Reintegro

La Ley 38/2003 establece que el importe del reintegro puede ser total o parcial, en función del grado de incumplimiento. Los criterios más comunes incluyen:

Reintegro total:

  • Falseamiento de datos para obtener la subvención.
  • Incumplimiento absoluto del objetivo o actividad.
  • Resistencia grave en las actuaciones de control.

Reintegro parcial:

  • Incumplimiento de compromisos secundarios que no afecten de forma significativa al objetivo de la subvención.

La graduación también puede depender de las reglas establecidas en las bases reguladoras de la subvención, así como de la normativa específica del sector correspondiente.

Plazos y Efectos del Reintegro

El cumplimiento de los plazos establecidos para el reintegro es fundamental, ya que el retraso o el incumplimiento pueden generar graves consecuencias legales y económicas para los beneficiarios. A continuación, se detalla la información ampliada sobre este apartado:

Plazos para el Pago Voluntario

  • Plazo General: Una vez notificada la resolución administrativa de reintegro, el beneficiario cuenta con un plazo habitual de 15 a 30 días para realizar el pago voluntario del importe debido.
  • Ampliación del Plazo: En casos excepcionales y debidamente justificados, el beneficiario puede solicitar una ampliación del plazo para el pago, siempre que lo permita la normativa aplicable.

Efectos del Incumplimiento del Plazo

  • Intereses de Demora: Si el beneficiario no efectúa el reintegro dentro del plazo establecido, se devengarán intereses de demora desde la fecha en que debió efectuarse el pago. Estos intereses son calculados con base en el tipo legal del dinero incrementado en un porcentaje fijado por la normativa presupuestaria.
  • Procedimiento de Apremio: Transcurrido el plazo de pago voluntario sin que se haya satisfecho el importe, la administración puede iniciar un procedimiento de apremio. Este procedimiento implica la ejecución forzosa del cobro mediante el embargo de bienes o derechos del beneficiario.
  • Responsabilidad Solidaria o Subsidiaria: En algunos casos, los administradores o responsables de la entidad beneficiaria pueden ser declarados responsables solidarios o subsidiarios, lo que extiende las obligaciones de pago a terceros.

Prescripción de la Acción de Reintegro

Según el artículo 55.3 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS/2015), la obligación de reintegro del importe de las prestaciones indebidamente percibidas prescribe a los cuatro años, contados a partir de la fecha de su cobro o desde que fue posible ejercitar la acción para exigir su devolución, con independencia de la causa que originó la percepción indebida.

El plazo de prescripción puede interrumpirse con cualquier actuación administrativa dirigida a exigir el reintegro, como la notificación del inicio del procedimiento o una reclamación formal. Según el artículo 43 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, se consideran causas de interrupción de la prescripción, entre otras, las actuaciones realizadas con conocimiento formal del obligado al pago y dirigidas de forma efectiva al reintegro del importe de las prestaciones indebidamente percibidas.

Repercusiones Económicas y Legales

Las repercusiones económicas y legales del incumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones públicas incluyen la inhabilitación para nuevas subvenciones, la posible imposición de sanciones adicionales y el deterioro de la reputación del beneficiario.

A continuación, se detallan las repercusiones económicas y legales del incumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones públicas:

  • Inhabilitación para Nuevas Subvenciones: El incumplimiento de las obligaciones de reintegro puede derivar en la exclusión del beneficiario de futuras convocatorias de ayudas o subvenciones públicas. Esto está en línea con la normativa que regula las subvenciones y ayudas públicas en España, donde se establece que los beneficiarios que no cumplan con sus obligaciones pueden ser excluidos de futuras convocatorias.
  • Posible Imposición de Sanciones: Además del reintegro y los intereses de demora, el beneficiario puede enfrentarse a sanciones administrativas adicionales en función de la gravedad del incumplimiento. La normativa española contempla la posibilidad de imponer sanciones adicionales a los beneficiarios que incumplan sus obligaciones, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.
  • Deterioro de la Reputación: La declaración de incumplimiento puede afectar la credibilidad y reputación del beneficiario ante organismos públicos y privados. Este deterioro de la reputación puede tener consecuencias significativas, ya que puede influir en la capacidad del beneficiario para obtener futuras subvenciones y en su relación con otros organismos.

Recomendaciones para Evitar el Reintegro

Uno de los problemas que de forma recurrente atajamos en LIFE Sector Público, especialmente en lo que se refiere a entidades del Tercer Sector, es el reintegro de subvenciones. Esta experiencia nos permite realizar algunas consideraciones para evitar este tipo de situaciones:

  • Cumplir estrictamente las condiciones de la subvención: Es fundamental revisar minuciosamente las bases reguladoras y la resolución de concesión para entender claramente las obligaciones y condiciones. Esto asegura que la actividad subvencionada se ejecute conforme a lo establecido, prestando especial atención a los plazos y objetivos.
  • Mantener una documentación completa y organizada: La conservación de todos los justificantes de gasto, informes y registros relacionados con la subvención durante el periodo de conservación exigido es crucial. Digitalizar los documentos importantes y crear copias de seguridad ayuda a evitar pérdidas o deterioro.
  • Facilitar las actuaciones de control: Colaborar activamente con las auditorías y visitas de inspección, y designar un responsable dentro de la organización que supervise el cumplimiento normativo y sirva de enlace con las administraciones, es una práctica recomendada.
  • Actualizarse sobre normativa aplicable: Estar al tanto de los cambios legislativos que puedan afectar la gestión de subvenciones y consultar periódicamente las publicaciones oficiales es esencial para asegurar el cumplimiento normativo.
  • Evitar errores en la justificación: Comprobar que los gastos justificados se ajusten estrictamente a lo permitido en las bases reguladoras y revisar que las facturas y comprobantes incluyan toda la información necesaria y sean consistentes con las actividades realizadas es fundamental para evitar reintegros.
  • Comunicar otras subvenciones: Notificar cualquier otra ayuda recibida para el mismo proyecto o actividad, garantizando que no se supere el límite de cofinanciación permitido, es una obligación que debe cumplirse para evitar problemas legales.
  • Solicitar asesoría especializada: Contar con el apoyo de profesionales especializados en subvenciones y contratación pública puede prevenir errores que deriven en un procedimiento de reintegro. Solicitar auditorías preventivas es una práctica recomendada.
  • Formar al personal responsable: Capacitar a los equipos encargados de la gestión de subvenciones en materia de cumplimiento normativo, elaboración de informes y justificación de gastos es esencial para asegurar una correcta gestión de las subvenciones.

Asesoramiento en caso de Reintegro de Subvenciones

El reintegro de subvenciones es un procedimiento esencial que asegura la transparencia y la correcta gestión de los fondos públicos. Las administraciones deben actuar con firmeza ante los incumplimientos, mientras que los beneficiarios deben entender que el cumplimiento de las condiciones no solo evita sanciones, sino que también garantiza su elegibilidad para futuras ayudas.

En LIFE Sector Público, comprendemos la complejidad de la normativa de subvenciones y los retos que enfrentan las organizaciones. Nuestro equipo de abogados especializados está aquí para asesorarte en cada etapa del proceso, desde la solicitud hasta la justificación y defensa en procedimientos de reintegro.

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