Llega final de año.
Y, con él, el temido cierre contable y fiscal.
Para las asociaciones y fundaciones, el cierre no es solo una obligación legal: es una oportunidad para revisar la gestión, detectar errores y mejorar la transparencia.
El problema es que muchas entidades esperan a marzo para correr detrás de los plazos.
En este artículo te explicamos cómo planificar correctamente el cierre contable y fiscal de tu entidad sin ánimo de lucro, paso a paso, para cumplir sin estrés y con las cuentas claras.
El cierre contable es el proceso de revisar, ajustar y consolidar todas las operaciones económicas del ejercicio antes de elaborar las cuentas anuales.
En términos simples:
Es “cerrar el año” sabiendo que los números reflejan la realidad.
Consejo LifeSP: el cierre no se hace en diciembre, se prepara todo el año.
Empieza revisando:
Consejo: compara cada movimiento bancario con un asiento contable. Si algo no encaja, revisa antes de cerrar.
Las subvenciones son el punto más delicado.
Debes comprobar:
Ejemplo:
Subvención aprobada en 2025 pero cobrada en 2026 → registrar en 2025 como derecho a cobrar, no como ingreso inmediato.
Consejo LifeSP: las subvenciones mal imputadas son la causa más habitual de errores en auditorías.
Si tu entidad tiene bienes, inmovilizados o equipos, aplica las amortizaciones correspondientes.
También revisa si necesitas provisiones para riesgos o gastos futuros (devoluciones, litigios, etc.).
Consejo: aunque parezcan tecnicismos, estos ajustes reflejan tu solvencia real ante Protectorado y auditores.
Una vez cerrado el ejercicio, prepara:
Consejo LifeSP: añade una memoria de actividades —aunque no sea obligatoria—. Transmite confianza a financiadores y socios.
Las cuentas anuales deben aprobarse por el órgano de gobierno correspondiente antes de su rendición o utilización formal.
Las cuentas deben aprobarse por la Asamblea General conforme a lo previsto en los estatutos, normalmente dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio.
Con carácter general, no existe obligación de depósito en el Registro de Asociaciones, salvo normativa autonómica específica.
El proceso es más formal:
Es recomendable levantar acta formal de aprobación y conservar las cuentas firmadas digitalmente por los miembros del órgano de gobierno.
Aunque las entidades sin ánimo de lucro tienen beneficios fiscales, no están exentas de declarar.
Modelos más habituales:
| Modelo | Concepto | Periodicidad |
|---|---|---|
| 111 / 190 | Retenciones IRPF | Trimestral / anual |
| 347 | Operaciones con terceros > 3.005 € | Anual |
| 182 | Donativos y deducciones fiscales | Anual |
| 200 | Impuesto sobre Sociedades | Anual (si aplica) |
Consejo LifeSP: si tu fundación aplica la Ley 49/2002, revisa anualmente los requisitos de mantenimiento del régimen fiscal especial.
Fundaciones → Protectorado (nacional o autonómico).
Asociaciones → Registro de Asociaciones o autonómico correspondiente.
Documentación:
Consejo: guarda resguardo electrónico o sello de registro para evitar problemas en futuras subvenciones.
El cierre contable también es un ejercicio de reflexión:
Consejo LifeSP: aprovecha el cierre para planificar subvenciones, ajustar presupuestos y detectar oportunidades fiscales.
Consejo: cierra bien y dormirás tranquilo.
Una fundación tecnológica no presentó sus cuentas a tiempo y perdió el acceso a una subvención autonómica de 80.000 €.
En Life Sector Público regularizamos su situación, presentamos los ejercicios pendientes y recuperó la elegibilidad en la siguiente convocatoria.
¿Qué plazo tengo para el cierre contable?
Normalmente hasta el 30 de junio (si el ejercicio cierra en diciembre).
¿Qué pasa si no presento las cuentas?
Podrías perder subvenciones y enfrentar sanciones del Protectorado.
¿Puedo presentar cuentas atrasadas?
Sí, y es recomendable hacerlo voluntariamente antes de recibir un requerimiento.
En Life Sector Público te ayudamos a planificar y ejecutar el cierre contable y fiscal de tu asociación o fundación.
Nos encargamos de todo: revisión, presentación, informes y regularización.
📩 Escríbenos a info@lifesectorpublico.com o llámanos al 679 092 414.
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