Modificaciones del Contrato Público: Cuestiones Básicas

31 de marzo de 2025

Las modificaciones en los contratos públicos son ajustes que se introducen en las condiciones pactadas originalmente debido a factores imprevistos, necesidades operativas o cambios en el entorno legal y económico. La regulación de estas modificaciones es crucial para garantizar la transparencia, la igualdad de trato y la eficiencia en la contratación pública.

Marco Normativo

El marco normativo que regula las modificaciones del contrato público en España está contenido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que transpone al derecho español las directivas europeas en materia de contratación pública. Su objetivo es garantizar la eficiencia en el uso de los fondos públicos, promoviendo la transparencia y la competencia en los procedimientos de contratación.

El artículo 204 de la LCSP regula las modificaciones previstas en los pliegos, estableciendo que estas deben estar claramente definidas en los documentos contractuales iniciales. Por su parte, el artículo 205 regula las modificaciones no previstas, permitiendo su aplicación solo en circunstancias excepcionales y bajo estrictos controles.

A nivel europeo, la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública también establece los criterios que deben cumplirse para la modificación de contratos, asegurando que no se desvirtúen las condiciones de competencia ni se vulneren los principios de igualdad y transparencia.

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha jugado un papel clave en la interpretación de estos preceptos, estableciendo límites claros sobre cuándo una modificación contractual es válida y cuándo supone una adjudicación encubierta de un nuevo contrato. En sentencias como la C-454/06 Pressetext Nachrichtenagentur, el TJUE determinó que una modificación que altere significativamente el objeto o el equilibrio económico del contrato original puede considerarse una nueva adjudicación y, por tanto, requerir un nuevo procedimiento de licitación.

Además, en el ámbito nacional, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha emitido resoluciones que refuerzan la necesidad de justificar de manera objetiva cada modificación y de evitar cambios que puedan alterar las condiciones de competencia iniciales.

Tipos de Modificaciones del Contrato Público

Modificaciones Previstas en el Pliego

Las modificaciones pueden estar previstas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y en los contratos, siempre que se establezcan de forma clara, precisa y objetiva. Estas modificaciones deben cumplir con lo dispuesto en el artículo 204 de la LCSP y ajustarse a las condiciones estipuladas en la documentación contractual.

Algunos ejemplos incluyen:

  • Cambios en los plazos de ejecución previstos, siempre que se mantenga el equilibrio contractual.
  • Variaciones en la cantidad de unidades de obra, servicios o suministros, dentro de los límites fijados.
  • Ajustes en los precios unitarios dentro de los rangos permitidos sin alterar la naturaleza del contrato.

Modificaciones No Previstas

Cuando las modificaciones no hayan sido contempladas en el contrato original, pueden realizarse solo bajo condiciones específicas establecidas en el artículo 205 de la LCSP. Estas modificaciones deben estar justificadas por circunstancias imprevisibles y cumplir con los principios de necesidad y proporcionalidad.

Entre los casos en los que se permite este tipo de modificaciones se encuentran:

  • Necesidad de prestaciones adicionales: Cuando resulte imprescindible incluir trabajos, servicios o suministros no previstos para completar la ejecución del contrato.
  • Circunstancias sobrevenidas: Situaciones impredecibles que requieran adaptaciones en el contrato para garantizar su cumplimiento.
  • Cambio de contratista por sucesión empresarial: En caso de fusiones, adquisiciones o insolvencias que impliquen la continuación del contrato con un nuevo operador económico.

En todos estos casos, es fundamental que la Administración pública garantice que la modificación no implique un cambio sustancial del contrato original ni altere el principio de libre concurrencia.

Procedimiento para la Modificación del Contrato

El procedimiento para modificar un contrato público debe seguir una serie de pasos esenciales para garantizar la legalidad y transparencia del proceso:

  • Inicio del Expediente: La entidad contratante debe justificar la necesidad de la modificación mediante un informe detallado que acredite la razón del cambio y su encaje dentro de los supuestos legales.
  • Elaboración de Informes: Se deben emitir informes técnicos, jurídicos y económicos que analicen el impacto de la modificación, asegurando que no se alteren las condiciones esenciales del contrato.
  • Audiencia del Contratista: Se otorga un plazo adecuado para que el contratista pueda presentar alegaciones y observaciones sobre la modificación propuesta.
  • Evaluación de Alternativas: Se deben estudiar otras posibles soluciones antes de aprobar la modificación para garantizar que la opción elegida es la más eficiente y adecuada.
  • Aprobación Formal: El órgano de contratación debe emitir una resolución motivada aprobando la modificación y publicarla en la plataforma de contratación del sector público.
  • Publicación y Transparencia: La modificación debe hacerse pública, especificando el motivo y los efectos del cambio en el contrato.

Límites y Condiciones de las Modificaciones

Para que una modificación sea válida, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • No debe alterar los elementos esenciales del contrato ni afectar la libre competencia.
  • El precio no puede incrementarse de manera desproporcionada respecto al contrato original.
  • La modificación debe estar debidamente justificada en el expediente administrativo.
  • No puede convertirse en un mecanismo encubierto para adjudicar un nuevo contrato sin respetar los procedimientos legales.
  • Se debe garantizar la publicidad y transparencia del proceso mediante su publicación en la plataforma de contratación.
  • Se deben establecer mecanismos de control y fiscalización que aseguren la correcta aplicación de la modificación y eviten fraudes o abusos.

Lecciones Aprendidas de la Jurisprudencia

La jurisprudencia ha reforzado la necesidad de que las modificaciones sean estrictamente indispensables y se ajusten a los principios de transparencia y proporcionalidad.

Un caso emblemático es la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de marzo de 2022, donde se declaró nula una modificación contractual que alteraba sustancialmente el objeto del contrato original, generando un perjuicio a los licitadores que no pudieron competir en igualdad de condiciones.

Por otro lado, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el asunto C-549/14 estableció que cualquier modificación que suponga una ampliación considerable del objeto del contrato, alterando su equilibrio económico a favor del contratista, debe considerarse una adjudicación encubierta.

Además, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha emitido diversas resoluciones enfatizando la obligatoriedad de justificar documentalmente las modificaciones. En la resolución 104/2020, se anuló una modificación que extendía el plazo del contrato sin que existiera una causa imprevisible y sin cumplir los criterios establecidos en el artículo 205 de la LCSP.

Estos precedentes subrayan la importancia de aplicar estrictamente la normativa vigente y de evitar cualquier modificación que pueda interpretarse como una adjudicación encubierta.

Consideraciones Finales

Las modificaciones del contrato público son una herramienta esencial para garantizar la adaptabilidad de los contratos a circunstancias cambiantes. No obstante, su aplicación debe realizarse de manera rigurosa, respetando los principios de transparencia, legalidad y proporcionalidad, para evitar situaciones de abuso o distorsiones en la competencia.

El conocimiento detallado del marco normativo, los procedimientos aplicables y los criterios jurisprudenciales resulta fundamental para que las administraciones y operadores económicos puedan tomar decisiones informadas. Aplicar adecuadamente la normativa sobre modificaciones contractuales permite no solo garantizar la correcta ejecución de los contratos públicos, sino también fortalecer la seguridad jurídica y la confianza en el sistema de contratación pública.

Ante la complejidad de las modificaciones contractuales y la necesidad de cumplir estrictamente con la legislación vigente, resulta imprescindible contar con asesoramiento especializado. Un adecuado análisis jurídico puede marcar la diferencia entre una modificación válida y una potencial impugnación que genere conflictos legales o pérdida de oportunidades para las empresas contratistas.

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