Esquema Nacional de Seguridad: Clave para su Implementación en el Sector Público
Esquema Nacional de Seguridad (ENS), cómo se estructura, su normativa aplicable y los pasos clave para una correcta implementación en administraciones públicas y entidades privadas que gestionen servicios públicos digitales.
Qué es el Esquema Nacional de Seguridad
El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) es un marco de referencia esencial en España para garantizar la protección adecuada de los sistemas de información y los servicios electrónicos que gestionan las administraciones públicas. Este esquema, regulado inicialmente por el Real Decreto 3/2010 y sus posteriores modificaciones, se configura como la base normativa para establecer las medidas de ciberseguridad mínimas que deben adoptar los organismos públicos, empresas contratistas del sector público y otras entidades.
El Real Decreto 311/2022 de 3 de mayo, actualiza el Esquema Nacional de Seguridad para adaptarlo a la nueva realidad normativa y al incremento de las ciberamenazas tanto cuantitativa como cualitativamente, y así poder garantizar una respuesta más adecuada ante los ciberataques, propiciando la resiliencia de los sistemas, y proporcionando un tratamiento más seguro de la información y los servicios públicos.
El Esquema Nacional de Seguridad tiene como fin garantizar un nivel adecuado de seguridad en el tratamiento de la información, que permita el uso confiable y seguro de los medios electrónicos por parte de la ciudadanía y las empresas.
Objetivos del Esquema Nacional de Seguridad
El ENS tiene como misión principal:
1. Garantizar la Seguridad de la Información: La protección de la información se centra en tres pilares fundamentales: la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos gestionados. El ENS exige que las entidades adopten las medidas necesarias para evitar la manipulación, pérdida o acceso no autorizado a la información.
2. Asegurar la Prestación de Servicios Públicos: Otro objetivo clave es asegurar la continuidad de los servicios públicos ante cualquier eventualidad, ya sea una vulnerabilidad de seguridad, un ciberataque o un fallo técnico. Para ello, el ENS establece medidas específicas que buscan mitigar el impacto de incidentes y garantizar que los servicios públicos esenciales sigan operativos.
3. Fomentar la Confianza de los Ciudadanos en el Uso de Medios Electrónicos: La confianza en el uso de medios electrónicos por parte de los ciudadanos y empresas es fundamental para impulsar la digitalización de los servicios públicos. El ENS proporciona las garantías necesarias para que los usuarios se sientan seguros al interactuar con las administraciones públicas a través de medios electrónicos.
Normativa Aplicable al Esquema Nacional de Seguridad
El ENS no opera de manera aislada; está vinculado a un conjunto de normativas nacionales y europeas que refuerzan la protección de la información y la ciberseguridad en el sector público.
- La Política de Seguridad de la Información se alinea con las Normas ISO/IEC 27000, 27001 y 27002 de Seguridad de Sistemas de Información, las normativas europeas y nacionales de Protección de Datos de carácter personal (LOPDGDD y RGPD) y el RD-Ley 12/2018 de Seguridad de las Redes y Sistemas de Información, junto con el RD 43/2021 que lo desarrolla, estructurando la gestión eficiente y eficaz de la seguridad de acuerdo a aquellas normas y a las buenas prácticas del sector, conforme con la mismas.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la protección de datos de carácter personal y, en particular, la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas.
- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que las Administraciones Públicas se relacionarán entre sí y con sus órganos, organismos públicos y entidades vinculados o dependientes a través de medios electrónicos. Dichos medios deben asegurar la interoperabilidad y seguridad de los sistemas y soluciones adoptadas, garantizarán la protección de los datos de carácter personal y facilitarán preferentemente la prestación conjunta de servicios a los interesados
- El Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, desarrolla la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en lo referente a la actuación y funcionamiento electrónico del sector público.
- Por otra parte, la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española. El artículo 24 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) establece como obligaciones generales del responsable y del encargado del tratamiento la aplicación de las medidas técnicas y organizativas apropiadas, entre las que se encuentran las oportunas políticas de protección de datos, que cumplan en particular los principios de protección de datos desde el diseño y por defecto.
- La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Principales Componentes del Esquema Nacional de Seguridad
El Esquema Nacional de Seguridad se organiza en torno a varios componentes clave que definen su estructura y los requisitos para su implementación.
1. Política de Seguridad: Cada entidad del sector público debe elaborar y aprobar una política de seguridad que incluya las directrices generales para garantizar la protección de la información y los sistemas. Esta política debe detallar los objetivos de seguridad, los recursos destinados a garantizar la seguridad de los sistemas y la identificación de responsables en materia de ciberseguridad.
2. Gestión de Riesgos: La gestión de riesgos es otro de los pilares fundamentales del ENS. Las entidades públicas están obligadas a realizar evaluaciones periódicas de los riesgos a los que están expuestos sus sistemas de información. A partir de estos análisis, deben establecerse controles que mitiguen las vulnerabilidades detectadas, asegurando que cualquier incidente de seguridad tenga el menor impacto posible.
Beneficios de Implementar el Esquema Nacional de Seguridad
La implementación del Esquema Nacional de Seguridad en las administraciones públicas y entidades que gestionan servicios públicos digitales ofrece numerosos beneficios:
- Cumplimiento normativo: El ENS asegura el cumplimiento de las normativas nacionales e internacionales en materia de protección de datos y ciberseguridad.
- Mejora de la eficiencia: La correcta gestión de la seguridad de la información reduce el número de incidentes y mejora la eficiencia en la prestación de servicios.
- Confianza de los ciudadanos: Las administraciones que cumplen con el ENS ofrecen mayores garantías a los ciudadanos, lo que aumenta la confianza en el uso de los servicios públicos digitales.
- Reducción de riesgos: Al implementar un enfoque de gestión de riesgos, las entidades públicas pueden identificar y mitigar vulnerabilidades antes de que se conviertan en problemas graves.
Requisitos para la Implementación del Esquema Nacional de Seguridad
Para cumplir con el ENS, las entidades del sector público deben llevar a cabo una serie de acciones clave:
- Análisis de riesgos: Identificar y evaluar los riesgos que amenazan la seguridad de los sistemas de información.
- Desarrollo de una política de seguridad: Definir claramente las responsabilidades y las medidas necesarias para garantizar la seguridad de la información.
- Implementación de medidas de seguridad: Aplicar las medidas de protección necesarias para garantizar la seguridad de los sistemas.
- Auditorías y revisiones periódicas: Evaluar de manera regular la efectividad de las medidas implementadas y ajustarlas según sea necesario.
Novedades en el Esquema Nacional de Seguridad
Con el creciente avance de las tecnologías, el Esquema Nacional de Seguridad ha sido actualizado para adaptarse a las nuevas ciberamenazas y riesgos emergentes. Algunas de las principales novedades incluyen:
- Controles adicionales frente a ataques avanzados: Se han añadido medidas para hacer frente a nuevas ciberamenazas como los ataques DDoS (denegación de servicio) y el ransomware, que han aumentado significativamente en los últimos años.
- Refuerzo de la seguridad en la nube: El uso de servicios en la nube ha crecido, por lo que el ENS establece controles adicionales para proteger los datos alojados en plataformas cloud, garantizando su disponibilidad y confidencialidad.
La Importancia de Cumplir con el ENS
El Esquema Nacional de Seguridad es una herramienta fundamental para garantizar la seguridad de la información en el sector público. Su correcta implementación no solo es necesaria para cumplir con la normativa, sino también para proteger los servicios públicos de posibles ciberamenazas, asegurar la confianza de los ciudadanos y garantizar la continuidad de los servicios digitales. Cumplir con el ENS no debe verse como una carga, sino como una inversión en la seguridad y eficiencia de los sistemas de información.
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