Recibir una carta de la Administración exigiendo la devolución de una subvención puede provocar pánico, especialmente si tu entidad actuó de buena fe y ejecutó el proyecto correctamente.
Pero tranquilo: una resolución de reintegro no es una condena inmediata.
Existen vías legales y administrativas para defender tu subvención, justificar correctamente los gastos y, en muchos casos, evitar devolver el dinero o reducir el importe reclamado.
En este artículo te explicamos qué hacer paso a paso si te piden devolver una subvención, los motivos más comunes del reintegro, los plazos, ejemplos de alegaciones y cómo proteger los intereses de tu asociación o fundación.
El procedimiento de reintegro es el proceso por el cual la Administración solicita la devolución total o parcial del dinero concedido en una subvención cuando considera que no se ha cumplido con las condiciones establecidas.
Se regula en los artículos 36 a 43 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (LGS) y en su Reglamento (RD 887/2006).
En resumen: el reintegro no es una sanción, sino una forma de recuperar fondos públicos cuando la ayuda no se ha justificado correctamente.
Las razones por las que pueden pedirte devolver una subvención son variadas. Estas son las más habituales:
La Fundación Solidaria XXI ejecutó un programa de inserción laboral subvencionado por la Junta de Andalucía.
Durante la justificación, olvidó aportar los justificantes bancarios de dos facturas.
Resultado: la Administración le exigió reintegro parcial de 4.200 € por gastos no acreditados, aunque las actividades sí se habían realizado.
Tras presentar alegaciones y aportar los justificantes, la resolución de reintegro fue revocada parcialmente, reduciendo la devolución a solo 600 €.
El primer paso es identificar:
Las resoluciones suelen tener este formato:
“Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante este mismo órgano o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.”
Consejo LifeSP: anota la fecha exacta de notificación. Los plazos corren desde el día siguiente.
Antes de hacer nada, analiza si realmente la Administración tiene razón.
A veces el reintegro se inicia por errores menores o malentendidos contables.
Por eso, antes de pagar o recurrir, revisa la documentación y detecta puntos débiles o justificables.
Tienes 15 días hábiles para presentar alegaciones desde la notificación del inicio del procedimiento.
Las alegaciones deben:
Modelo orientativo de alegaciones
A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES
D./Dña. [Nombre], en representación de la Asociación [nombre], comparece y, como mejor proceda en Derecho,
EXPONE:
SOLICITA:
Que se tenga por presentado este escrito, se aporten los documentos adjuntos y se archive el procedimiento al quedar acreditado el cumplimiento de la finalidad subvencionada.
Consejo LifeSP: evita redactar en tono defensivo. Explica con claridad, aporta pruebas y demuestra buena fe.
Si el órgano no acepta tus alegaciones y dicta resolución de reintegro definitiva, puedes interponer:
Ambos se basan en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015.
En muchos casos, los recursos bien fundamentados logran la anulación total o parcial del reintegro.
Si finalmente no prospera el recurso y debes devolver el importe, puedes solicitar:
Ejemplo:
“Solicitamos fraccionamiento en 12 mensualidades por importe de 500 € cada una, al amparo del artículo 44.2 de la Ley 38/2003.”
Todo procedimiento de reintegro debe servir para mejorar la gestión interna.
Crea un protocolo de justificación para evitar errores futuros:
LifeSP recomienda: vincula la contabilidad y el seguimiento de subvenciones desde el inicio del proyecto.
¿Qué pasa si no devuelvo la subvención a tiempo?
Se iniciará un procedimiento de apremio y se aplicarán intereses de demora.
¿Puedo volver a solicitar ayudas si tengo un reintegro pendiente?
No. Hasta que no regularices la situación, no podrás acceder a nuevas subvenciones públicas.
En Life Sector Público te ayudamos a revisar, alegar y defender tus subvenciones ante cualquier requerimiento o resolución de reintegro.
Analizamos tu expediente, redactamos las alegaciones y gestionamos los recursos.
📩 Escríbenos a info@lifesectorpublico.com o llámanos al 679 092 414.
Te atendemos en 24 h y te ayudamos a conservar tus ayudas.